Artículo 90. Toda conexión domiciliaria que por una u otra causa dure suspendida seis meses, perderá el derecho adquirido y la Junta Administradora procederá a cancelar la matrícula, para el efecto dará aviso al interesado con un mes de anticipación, si antes o al término fijado el propietario desea seguir gozando del servicio, pagará las cuotas atrasadas más el valor de la reconexión y una multa equivalente al valor de medio salario mínimo mensual legal vigente.

Artículo 91. La ausencia del suscriptor de la vereda, no lo libera del pago oportuno de la cuota familiar.

Artículo 92. El personal que se designa para la administración, operación y mantenimiento del Acueducto no será de tiempo completo, no tendrá vinculación laboral exclusivamente con la Junta Administradora y solamente se le reconocerá una bonificación por su labor.

Artículo 93. La Asamblea General de Suscriptores determinará el tiempo que se requiere trabajar al personal que sea necesario y debe constar en el acta las condiciones y la aceptación de la misma por parte del mismo personal.

PARAGRAFO. Todo suscriptor o propietario del inmueble es responsable solidariamente de los inquilinos u ocupantes de la vivienda de las obligaciones que hayan dejado de cubrir por concepto de pago del servicio.

Artículo 94. Todo suscriptor que no asista a las asambleas sin justa causa será sancionado con una multa equivalente a un salario y medio mínimo legal vigente diario, agotado el tema se procederá a llamar a lista nuevamente, quien no responda a éste llamado se hará acreedor a ésta sanción.

PARAGRAFO. El voto es por suscriptor, Todo suscriptor está en la obligación de instalar tanques de Almacenamiento con su respectivo flotador, en ningún caso superior a un metro cúbico o mil litros. Para las reconexiones se debe cancelar aparte la multa, que equivale al valor que establezca la asamblea general.

Artículo 95. Los gastos que demanden el registro y la documentación de la asociación para la Cámara de Comercio, Corporación Autónoma, Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y Comisión Reguladora de Agua Potable serán sufragados con fondos del Acueducto.